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Banco Nación: la Justicia confirmó la suspensión del decreto que transformó la entidad en sociedad anónima

La determinación fue dispuesta por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Todos los detalles del revés para el Gobierno.

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la suspensión del decreto del gobierno de Javier Milei que dispuso la transformación del Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima.

Se trata de la confirmación de una medida cautelar en el marco de una acción promovida por trabajadores de la entidad en representación de todo el colectivo del Banco de la Nación en la que se cuestionaron las acciones destinadas a la privatización de la entidad bancaria.

El juez de primera instancia había admitido el planteo y dispuso una medida suspensiva del decreto, y ahora la Cámara la Sala III de la Cámara Federal con voto de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Aria la confirmó.

Los jueces concluyeron que “la delegación que invoca el Poder Ejecutivo para resolver la transformación en una sociedad anónima no puede aplicarse a una entidad a la que el Congreso no habilitó a modificar en su naturaleza”.

La Cámara Federal sostuvo que los actores se encontraban legitimados para concurrir a la justicia a los fines de “cuestionar la regularidad constitucional de un decreto que transforma una entidad autárquica gobernada por el derecho público -que es su empleadora- en una sociedad anónima”.

Asimismo, se destacó que la pretensión fue acompañada por una entidad gremial de primer grado que ejerce la representación de 17.400 afiliados en el país. La presentación contó con el apoyo de la Asociación Bancaria como “amicus curiae”.

En torno a la medida cautelar, el Tribunal sostuvo que los requisitos para otorgar la medida se encontraban satisfechos y que se acreditaron la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la no afectación del interés público.

La Cámara concluyó que la delegación que invoca el Poder Ejecutivo no puede aplicarse a una entidad a la que el Congreso no habilitó a modificar en su naturaleza.

Dicha “delegación que autoriza al Poder Ejecutivo a ‘reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el déficit’ no puede considerarse un patrón inteligible que lo habilite a modificar la naturaleza jurídica conferida por ley al Banco de la Nación Argentina”.

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