El Gobierno promulgó este martes la Ley 27.280, que declara a la ciudad de San Miguel de Tucumán como la capital simbólica de la República Argentina cada 9 de julio, con motivo de la celebración del Día de la Independencia. Esta normativa establece que los actos centrales organizados por el gobierno nacional en conmemoración de la declaración de la independencia tendrán lugar en esa ciudad, donde en 1816 se declaró la ruptura de los lazos con la Corona española.

La ley fue publicada a través del decreto 1006/2026 en el Boletín Oficial. La iniciativa fue presentada por las senadoras tucumanas Beatriz Ávila y Sandra Mendoza, y aprobada por el Congreso el pasado 26 de agosto con 67 votos afirmativos.
El texto expresa: “Declárase a la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, como ‘Capital simbólica de la República Argentina’ todos los días 9 de julio de cada año”. En su segundo artículo, se estipula que, en adelante, los actos centrales en homenaje al aniversario de la independencia se realizarán en dicha ciudad.
Durante la sesión, Ávila fundamentó el proyecto como una reivindicación al pueblo tucumano y su papel crucial en la formación de la nación. Señaló la relevancia histórica del norte argentino, destacando la Batalla de Tucumán en 1812, comandada por el general Manuel Belgrano, así como el Éxodo Jujeño y la Batalla de Salta.
Aunque Tucumán ya era considerada capital simbólica durante las celebraciones del 9 de julio desde un decreto presidencial de 1991, el proyecto buscó convertir esa disposición en una ley sancionada por el Congreso, atendiendo un reclamo provincial.
Las senadoras resaltaron que “cada 9 de julio nuestra provincia es el epicentro de la voluntad de todos los pueblos del país y de la región de luchar por la soberanía, la libertad y la unidad, en pos de una mejor calidad de vida para todos”.
Asimismo, en el Boletín Oficial se promulgó la Ley 27.823, que incorpora el ritual, las peregrinaciones y manifestaciones del Camino de Brochero al patrimonio cultural inmaterial de la Nación. Esta declaración se basa en los criterios de la Ley 26.118 de salvaguardia patrimonial y reconoce el impacto de la devoción popular en torno a la figura de José Gabriel del Rosario Brochero, conocido como el Cura Brochero, en la provincia de Córdoba.
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